Tener una deuda con un banco, una tarjeta o una billetera virtual no significa que puedan descontarte dinero del sueldo de forma automática. Para llegar a un embargo debe intervenir la Justicia y existen límites sobre el porcentaje que pueden retener.
Una deuda impaga puede derivar en llamados, intimaciones y propuestas de refinanciación, pero un banco, una financiera o un estudio de cobranzas no puede embargar directamente el salario.
Para que exista un embargo debe iniciarse un proceso judicial y un juez debe ordenar la retención. Recién entonces la medida es comunicada al empleador, que debe aplicar el descuento correspondiente.
La normativa establece límites para proteger una parte de los ingresos. Según la información de referencia:
El cálculo se realiza sobre el salario neto. La información utilizada como referencia toma un Salario Mínimo Vital y Móvil de $376.600.
Las deudas alimentarias tienen un régimen diferente y pueden permitir porcentajes superiores.
Que el salario se deposite en una cuenta bancaria no elimina su protección legal. Si existe un embargo judicial, la retención debe respetar los límites establecidos y el banco no puede disponer libremente de todo el dinero depositado.
Aunque no exista un embargo, dejar de pagar puede generar consecuencias en el historial crediticio. Las deudas pueden registrarse en Veraz y en la Central de Deudores del BCRA, dificultando el acceso futuro a préstamos, tarjetas y otros productos financieros.
Respecto de la prescripción, la información de referencia señala que las deudas de tarjetas de crédito tienen un plazo de tres años, aunque ese período puede verse afectado por determinadas acciones judiciales. Por eso, no debe asumirse que una deuda desaparece automáticamente con el paso del tiempo.
Si llega una comunicación oficial, es importante comprobar qué juzgado interviene, el número de expediente, quién reclama, el monto de la deuda y el porcentaje que se pretende retener.
También es recomendable consultar con un profesional y conservar toda la documentación relacionada con la deuda.
La clave: tener una deuda no significa que puedan quitarte automáticamente parte del sueldo. Para embargarlo debe existir una orden judicial y, aun en ese caso, la ley establece límites para proteger una parte de los ingresos.
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